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Pesqueras tendrán hasta siete meses para el pago fraccionado de multas

Pesqueras tendrán hasta siete meses para el pago fraccionado de multas

Las empresas pesqueras y personas naturales sancionadas con multas por incumplir la Ley General de Pesca podrán acogerse a plazos de hasta siete meses para el pago fraccionado de sus obligaciones, informó el Ministerio de la Producción.

Según una resolución ministerial aprobada hoy por el titular del Produce, Piero Ghezzi, para el caso de las multas mayores a 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) -equivalente a 380,000 nuevos soles- el plazo máximo para el pago fraccionado es de siete meses.

En las multas de 25 UIT (95,000 soles) hasta 100 UIT, el plazo mayor es de seis meses, mientras que en las de 0.5 a 25 UIT -de 1,900 soles a 95,000 soles- tendrán hasta cinco meses para pagar.

Los administrados deberán acreditar el pago de cada cuota del fraccionamiento ante la dirección general de Sanciones del Produce, dentro del plazo máximo de cinco días calendario contados a partir de la fecha de vencimiento.

Para el acogimiento a este tipo de pago, las personas naturales o jurídicas multadas podrán presentar una solicitud dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la notificación de la sanción.

La solicitud será presentada ante la dirección general de Sanciones y deberá ser acompañada del escrito que contenga su renuncia, sin condición alguna, a la interposición de cualquier recurso que impugne total o parcialmente la resolución directoral de sanción.

Asimismo, se acompañará la constancia de pago mínimo del 20 por ciento de la multa impuesta.

La dirección general de Sanciones evaluará la solicitud y emitirá la resolución directoral correspondiente. De emitirse una resolución aprobatoria y en tanto el administrado cuente con un fraccionamiento vigente, se entenderá que la sanción de multa está siendo cumplida.

En el supuesto que el administrado hubiera interpuesto un recurso administrativo contra la resolución que impone la sanción, la solicitud podrá ser presentada dentro del plazo establecido acompañando su desistimiento al citado recurso.

Asimismo, se dispone que la dirección general de Sanciones emitirá la resolución que aprueba o deniega la solicitud de pago fraccionado de la multa en un plazo máximo de treinta días hábiles, contado desde la recepción de la solicitud.

Vencido dicho plazo, el administrado podrá considerar denegada su solicitud.

 

(FIN) RRP/AQR/Andina

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